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jueves, abril 25, 2024
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Contralor suspendido de Villavicencio, demandó elección de Contralor de Bogotá

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El suspendido contralor de Villavicencio, Carlos Alberto López López, radicó ante el Tribunal Superior de Cundinamarca una demanda con la que busca anular la elección del contralor Distrital de Bogotá, Julián Mauricio Ruiz Rodríguez.

De esta manera, en los próximos días el magistrado Felipe Alirio Solarte de la Sección Primera deberá decidir si suspende o no al recién elegido contralor de la capital del país.

Los argumentos que se exponen se fundan en que Ruiz se desempeñó como contralor General de la República encargado y vicecontralor general encargado y en propiedad, 12 meses antes de la elección, es decir, que para el demandante, Ruiz desplegó en Bogotá autoridad administrativa, sobre el Concejo de Bogotá, potencial o materialmente.

De acuerdo con la demanda de López, el cargo de contralor general de la República, en condición de encargado, conlleva el ejercicio de autoridad administrativa en absolutamente todo el territorio nacional, compatible con el de la entidad territorial. Así mismo, conlleva la capacidad de ordenar recursos y celebrar contratos en la ciudad de Bogotá, como sede del ente de control.

De esta manera, para López, el contralor Ruiz habría incurrió en inhabilidad, puesto que de acuerdo con el numeral 2° del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, está inhabilitado “quien dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio, o quien, como empleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya intervenido como ordenador del gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio”.

Y aunque es claro que ese artículo hace referencia a la elección de alcaldes, en un parágrafo se especifica que “nadie podrá ser elegido simultáneamente alcalde o miembro de una corporación o cargo público, si los respectivos períodos coinciden en el tiempo, así sea parcialmente”.

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