Ante la suspensión de la construcción de gaviones, un relleno con material aluvial, y la apertura de un canal artificial en un tramo del Caño La Cuerera de Villavicencio, obras que venían siendo adelantadas por la Oficina Municipal de Gestión del Riesgo y Desastres del Municipio entre el barrio Divino Niño y el conjunto residencial Cerro Campestre, Cormacarena emitió un comunicado a la comunidad de este sector de la ciudad.
Según Cormacarena constató que las anteriores obras dejaban expuesta y en riesgo tubería de la red sanitaria del plan maestro de alcantarillado de la ciudad. Los profesionales del ente ambiental determinaron que se había modificado de manera negativa la fuente hídrica al realizar el relleno de la ronda y la construcción de los gaviones. Se reducía el cauce del caño obligándolo a desviarse hacia el canal, lo que a futuro podría ocasionar erosión de los predios aledaños, y posteriores variaciones en el cauce, afectando los barrios ubicados aguas abajo.
En vista de lo anterior, Cormacarena dio a conocer el siguiente comunicado:
Cormacarena comunica que en el año 2016 y 2017 a través de conceptos técnicos, la Corporación Ambiental notificó a la Oficina de Gestión del Riesgo de la Alcaldía de Villavicencio la situación presentada en el sector Caño La Cuerera del barrio Divino Niño, con el fin que adelantara las acciones necesarias para la mitigación del riesgo existente, y autorizó la intervención inmediata para la descolmatación de dicha fuente hídrica; así mismo le solicito presentar los estudios y diseños para realizar las obras definitivas que garanticen la protección de las márgenes sin afectar los recursos naturales.
Que la Oficina de Gestión del Riesgo de Villavicencio luego de quince meses atendió las
anteriores notificaciones, radicando el 13 de febrero de 2018 el trámite de la solicitud de
ocupación de cauce sobre la fuente hídrica Caño La Cuerera, para la construcción de
gaviones y actividades de descolmatación como medida de mitigación en el sector entre
la calle 4 (Hotel Hacaritama) hasta el puente vehicular del Anillo Vial en el municipio de
Villavicencio (Meta).
Que por lo anterior es de indicar que al expediente 3.37.3.018.019, la Corporación ha
tenido la celeridad pertinente frente a los procesos de revisión, evaluación y seguimiento
documental; para lo cual el día 12 de abril de 2018 Cormacarena realizó visita de
inspección ocular con el propósito de verificar las condiciones ambientales del sector a
intervenir para proceder a evaluar la viabilidad del permiso de ocupación de cauce.
Que una vez verificada la información allegada por la Oficina de Gestión del Riesgo para
el trámite de ocupación de cauce, se evidenció que en el informe técnico presentado no
se indican las coordenadas de intervención que permitan establecer claramente los
puntos de inicio y terminación del trazado de la descolmatación, los volúmenes de
material y su disposición, además de los puntos a intervenir con la construcción de los
gaviones (coordenadas de implantación de obra), información técnica requerida y
necesaria para la evaluación y aprobación del permiso ambiental.
Que para la entrega los anteriores requisitos se notificó a la Oficina de Gestión del Riesgo
que deberá radicar en un término no mayor a 30 días la información técnica faltante a fin
de avanzar efectivamente en el trámite. Que el pasado 19 de julio de 2018 en las instalaciones de la Corporación se llevó a cabo comité de seguimiento al expediente 3.37.3.018.019, donde dicha oficina indicó que la información técnica será entregada antes del 30 de agosto de 2018.
Cormacarena da un parte de tranquilidad a la comunidad y se compromete a que una
vez recibida la documentación faltante, evidenciando que esta sea técnica y
ambientalmente viable, se dará trámite inmediato al permiso ambiental solicitado en
beneficio de los recursos naturales y la integridad de los habitantes de Villavicencio.
Es de mencionar que la Corporación ha venido prestando el servicio técnico a los
sectores más críticos del departamento del Meta para contrarrestar los posibles riesgos
que se puedan presentar, no obstante, Cormacarena informa a las Alcaldías y a la
comunidad en general que de presentarse un riesgo inminente, la Administración
Municipal está facultada bajo la Ley 1076 del 2015, a realizar obras temporales que
mitiguen el riesgo de forma inmediata, y por consiguiente estas se deberán se
legalizadas en un tiempo de seis días ante la Autoridad Ambiental.
/Cormacarena