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domingo, noviembre 24, 2024
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Ayer se vencieron permisos de exenciones de Pico y Placa

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A partir de hoy miércoles primero de agosto regirá el Decreto 222 de 2018, mediante el cual se establece la modificación del Pico y Placa en Villavicencio, razón por la cual es necesario tener renovados los permisos para el tránsito de algunas motocicletas y los vehículos de personas en condición de discapacidad.

El secretario de Movilidad, Iván Humberto Baquero Susa, indicó los propietarios de motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio o empresas que realicen actividades de mensajería, domicilios, repartos de mercancías o cobranzas, y quienes tengan motos destinadas o contratadas a las empresas de servicios públicos domiciliarios, deberán llevar los siguientes documentos ante la Secretaría de Movilidad:

  1. Solicitud de la empresa donde se relacione la motocicleta
  2. Documento donde se establezca que la propiedad del vehículo es de la empresa o contrato de vinculación con la misma.
  3. Certificado de la Cámara de Comercio de la empresa.
  4. Documento que soporte la presentación del Plan Estratégico de Seguridad Vial.

Adicionalmente, deberán adjuntar y presentar una declaración juramentada indicando cada caso y portar los logotipos de la empresa, es decir estar plenamente identificados durante su tránsito, como también estar uniformado y llevar consigo el carnet que los identifique como trabajadores de este lugar.

Igualmente, los vehículos de personas en condición de discapacidad, que  también hacen parte del listado de exenciones al Pico y Placa,  tendrán que cumplir con los requisitos de la Resolución 4575 de 2013 del Ministerio de Transporte, es decir acreditar ante la dependencia ubicada en el barrio el Paraíso, los siguientes documentos:

  1. Copia de la inscripción en el Registro para la Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad del Ministerio de Salud.
  2. Copia de la licencia de tránsito del vehículo.
  3. Certificado de revisión técnico-mecánico vigente.
  4. SOAT vigente.

El secretario agregó que el registro en la base de datos de vehículos excepcionados, se aplicará en la dependencia siguiendo las siguientes condiciones:

  1. Se registrará un vehículo por cada beneficiario.
  2. La exención solo será aplicable cuando el beneficiario haga uso del vehículo.
  3. La excepción tendrá la misma vigencia que el presente acto administrativo.
  4. El vehículo registrado para uso del beneficiario deberá portar tanto en la parte frontal, como en la posterior, la respectiva señal demostrativa de ser destinado para el transporte de personal con discapacidad.

Tras realizar el trámite correspondiente, la aprobación de esta solicitud, es decir el permiso para transitar durante el Pico y Placa, se podrá verificar en la aplicación para dispositivos móviles ‘Villamov’ en la sección vehículos particulares, esto con el fin de tener este documento ante algún control por parte de las autoridades.

Por último, en cuanto a los vehículos particulares que hacen parte de la lista de exenciones al Pico y Placa, la cual la pueden encontrar en el Decreto 222 de 2018 que está publicado en la página web www. Villavicencio.gov.co, no tendrán necesidad de tramitar ningún proceso, únicamente el vehículo debe estar plenamente identificado con los logos de la empresa a la que pertenece.

/Alcaldía de Villavicencio

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