Durante el último semestre, la Superintendencia Nacional de Salud desarrolló 49 auditorías sobre municipios ubicados en 21 departamentos del país, con el objetivo de verificar el cumplimiento de estas entidades territoriales frente a sus responsabilidades en la contratación del Plan de Intervenciones Colectivas (PIC).
Estos PIC buscan la promoción de la salud y gestión del riesgo para impactar positivamente los determinantes sociales de la salud como parte del programa de Atención Primaria en Salud que impulsa el Gobierno del Presidente Gustavo Petro.
El propósito de las auditorías de la Supersalud se basó en hacer seguimiento al proceso de contratación de estos Planes de Salud Pública en los territorios y tras la evaluación hecha en el monitoreo, y los 20 hallazgos evidenciados en las auditorías, la Supersalud generó alertas relacionadas con la oportunidad y pertinencia en la contratación de los Planes.
Los municipios que han sido objeto de auditoría son: Olaya Herrera, Pasto e Ipiales (Nariño), Popayán y Piendamó (Cauca), Purificación, Espinal e Ibagué (Tolima), Tarqui, Iquira, Aipe y Yaguará (Huila) Puerto Gaitán y Villavicencio (Meta), Tadó, Bagadó, Rio Iró (Chocó), Segovia, Apartadó, Vigía del Fuerte, Necoclí y Chirogodó (Antioquia), Cúcuta y Villa del Rosario (Norte de Santander), Ciénaga de Oro, Montería, Chimá y San Antero (Córdoba), Ciénaga, Sitio Nuevo y Zona Bananera (Magdalena), Malambo y Sabanalarga (Atlántico), Aguachica, Agustín Codazzi y El Paso (Cesar) Mistrató y Santa Rosa de Cabal (Risaralda), Fusagasugá, Girardot y Mosquera, San Juan de Rioseco (Cundinamarca) Carmen de Bolívar (Bolívar) Tunja (Boyacá), Floridablanca (Santander), Manizales (Caldas), Yopal (Casanare), Tame (Arauca) y Florencia (Caquetá).
“Hemos reactivado la vigilancia sobre estos Planes de Intervención Colectiva que son de suma importancia en el plan de salud establecido por el Gobierno toda vez que integran un conjunto de procedimientos, actividades e insumos que se ejecutan de manera complementaria a otros planes de beneficios, buscando la articulación con otros recursos disponibles, de modo que se garantice la armonización de los recursos del sistema de salud y de otros sectores que concurran en la afectación positiva de los determinantes sociales en salud”, señaló el Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán López.
Metodología aplicada por la Supersalud
El seguimiento realizado a la contratación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas (PSPIC), se desarrolló en cuatro fases.
Con corte a abril de 2023, las 8 Direcciones Regionales de la Supersalud realizaron mesas de trabajo con los departamentos, para indagar sobre el estado de la contratación de los PSPIC, donde los entes territoriales que reportaron incumplimiento en la contratación del PIC fueron requeridos para que informaran las razones del incumplimiento en su jurisdicción.
En su momento, 190 entidades territoriales municipales y departamentales que corte al 1 de mayo de 2023 registraban incumplimiento en la oportunidad de la contratación del PSPIC fueron objeto de traslado a la Delegada de Investigaciones Administrativas para evaluar el inicio de posibles procesos sancionatorios.
En una fase posterior, las Direcciones Regionales realizaron la consulta en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP I o II), para validar la ejecución de la contratación PSPIC.
Con base en las primeras fases, se priorizaron los 49 municipios que serían objeto de auditoría de alcance específico frente a esta temática
Algunos de los hallazgos documentados por la Supersalud durante el desarrollo de las auditorías a los PIC de estos municipios fueron:
- No se realiza la contratación que garantice la continuidad del talento humano para la totalidad de la vigencia
- No se garantiza la contratación
- En la formulación del Plan de Intervenciones Colectivas PSPIC no se adelantan acciones de participación social
- En la formulación del Plan de Intervenciones Colectivas PSPIC no se adelantan acciones de participación
- Se realiza contratación mediante la modalidad de selección abreviada con una entidad de naturaleza privada, sin justificar en el proceso de contratación las razones técnicas, operativas y financieras por las cuales no se realizó la contratación con una institución pública.
- No publicación de la información de supervisión y modificaciones contractuales en la plataforma
/Supersalud