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sábado, abril 27, 2024
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ANI y Concesionaria emiten comunicado sobre responsabilidades de los transportadores en la vía

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La obligación relacionada con el retiro, movilización o manejo de la carga que lleven los vehículos siniestrados, es responsabilidad total del transportador quien debe realizar todas las gestiones que le permitan el retiro o embarque de las cargas de acuerdo con las exigencias propias de su naturaleza, de manera que cumpla con la legislación vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, seguridad vial, ambiental y para condiciones especiales deberá atender lo establecido por el Ministerio de Trasporte en la Circular Externa 20224000000057 del 29 de septiembre de 2022.

En relación con el comunicado publicado el 10 de enero de 2024 denominado «La Desidia por el cierre del túnel de Quebrada blanca» por parte de FEDETRANSCARGA, se deben hacer las siguientes precisiones a saber:

  1. El túnel falso 1 y el túnel 1 del tramo vial conocido como los túneles de Quebrada blanca, resultaron seriamente afectados por el incendio que se produjo como consecuencia del accidente del vehículo de carga pesada que transportada NAFTA, material altamente explosivo y de alto poder de combustión. La longitud de afectación corresponde a aproximadamente 80m del túnel falso y a 320m del túnel, que incluyeron no solamente los elementos eléctricos, iluminación y de ITS (Sistemas inteligentes de transporte), sino que se presentó afectación en el componente estructural. Está Información se ha venido socializando periódicamente en el marco del Puesto de Mando Unificado – PMU con participación del Ministerio de Trasporte y representantes del gremio transportador.
  2. Durante el fin de semana de fin de año, se presentaron desprendimientos de bloques desde la parte superior del túnel que confirman las afectaciones estructurales, por lo cual, el ingreso de cualquier persona a la zona debe efectuarse implementando protocolos de trabajos para espacios confinados.
  3. La empresa transportadora solicitó ingresar al túnel para el retiro del vehículo, por lo que le fue solicitado que allegara toda la documentación técnica y de su personal y equipos que permitiera determinar si cumplían con los requisitos mínimos necesarios para el retiro seguro de los vehículos bajo los parámetros establecidos en la normativa vigente en la materia.
  4. La documentación solicitada producto de comunicaciones cruzadas entre COVIANDINA y la empresa transportadora fue radicada en su última versión el 10 de enero de 2024, no obstante, se presentaron observaciones que solo hasta hoy fueron atendidas en su totalidad por el responsable del vehículo.
  5. El 11 de enero de 2024 se sostuvo a las 10:00 a.m. reunión entre las partes en la que se definió que el viernes 12 de enero se realizará el proceso de retiro del vehículo siniestrado, cumpliendo con todos los protocolos de seguridad y recomendaciones de Coviandina.
  6. Una vez retirado el vehículo, Coviandina continuará la revisión del estado del túnel, para obtener el diagnóstico que permita definir las actividades que se requieran para poner de nuevo en operación el túnel de manera segura para los usuarios.

/Coviandina

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