- En principio, las medidas, de carácter excepcional, regirán en 26 municipios de cuatro departamentos, situados en las zonas de riesgo.
- El Instituto hace un llamado a los productores para que gestionen, a través del sistema SIGMA en Línea, la expedición de sus guías de movilización animal, haciendo click aquí: https://www.ica.gov.co/servicios_linea/sigma/manuales.aspx
- La entidad apoyará a las autoridades competentes para establecer posibles rutas de evacuación de animales, según la especie. Igualmente, dará las indicaciones para el manejo adecuado de los mismos.
- El personal del ICA estará disponible para apoyar la atención y acciones que se requieran en el marco de la emergencia. De ser necesario, se extenderán los horarios de atención de las oficinas locales y de los Puntos de Servicio al Ganadero (PSG).
- Las medidas se mantendrán vigentes por el término que dure la calamidad pública, decretada en algunos departamentos y mientras se mantenga el estado de actividad del volcán Nevado del Ruiz en niveles naranja o rojo. Consulte aquí la circular No. 1 de 2023: https://www.ica.gov.co/areas/pecuaria/circular-externa-ica-01-2023-movilizacion-excepcio.aspx
El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), a través de la circular No. 1 del 2023, adoptó medidas dirigidas a proteger la sanidad agropecuaria y apoyar a los agricultores y ganaderos que se encuentran en la zona de influencia del Volcán Nevado del Ruíz.
Entre las medidas excepcionales se destacan:
- Atención urgente y prioritaria para la expedición de Guías Sanitarias de Movilización Interna – GSMI a los campesinos, productores y comercializadores que, en virtud de la evacuación preventiva, se movilicen con sus animales a predios o albergues temporales.
- En caso de cambiar a estado de alerta a nivel rojo podrá realizarse la movilización de animales sin la de Guía Sanitaria de Movilización Interna – GSMI. Una vez los animales se encuentren en el destino, el productor deberá reportarlo a la oficina del ICA más cercana dentro de los ocho días siguientes.
- Se autoriza el levantamiento provisional de bloqueos a la movilización de predios de origen, que se encuentren ubicados en zonas donde se requiera la evacuación preventiva (alerta naranja) o de emergencia (alerta roja).
- En caso de que el predio de destino no cuente con Registro Sanitario de Predio Pecuario (RSPP), se asignará uno transitorio, mientras se supera la situación de emergencia.
La circular No.1 de 2023 se mantendrá vigente por el término que dure la situación de calamidad pública, decretada en departamentos de influencia y mientras se mantenga el estado de actividad del volcán Nevado del Ruiz en nivel naranja (ii) o rojo (i). En caso de regresar a alerta nivel amarillo (III) se deberá cumplir con las obligaciones contenidas en las normas sanitarias expedidas por el ICA.
Es importante aclarar que estas medidas son excepcionales para la movilización de animales y solo serán aplicables en:
Tolima: Villahermosa, Herveo, Murillo, Líbano, Lérida, Armero Guayabal, Falan, Palocabildo, Fresno, Honda, Mariquita, Venadillo, Ambalema y Casabianca.
Caldas: Villamaría, Chinchiná, Palestina, Anserma, Marulanda, Neira y Manizales
Risaralda: Santa Rosa de Cabal, Dosquebradas, Marsella y Pereira;
Cundinamarca: Guaduas.
Las medidas están dirigidas a proteger la vida de los animales y a garantizar la sostenibilidad de la producción agropecuaria del país.
El ICA recomienda consultar la circular en el siguiente link: https://www.ica.gov.co/areas/pecuaria/circular-externa-ica-01-2023-movilizacion-excepcio.aspx